ROBERTO E. LEGUÍA
Presidente del Congreso
Por cuanto: El Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Art. 1º.- Los Distritos de La Capilla y la Muñuela, de la Provincia de Piura, formarán en lo sucesivo uno solo, con el nombre de La Unión.
Art. 2º.- La capital del nuevo Distrito, lleva el mismo nombre, y quedará formada por los pueblosde la Muñuela y la Capilla, que integrarán la referida villa.
Art. 3º.- Derógase la Ley Nº 4134, en todo lo que se opone a la presente.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento. Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los 21 días del mes de setiembre de 1927.
Roberto E. Leguía, Presidente del Senado.- Jesús M. Salazar, Presidente de la Cámara de Diputados.- Aníbal Fernández Dávila, Senador Secretario.- Eduardo Escribens Correa, Diputado Secretario.
Al Sr. Presidente de la República.
Por tanto y no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 106 de la Constitución, mando se imprima, publique, circule y comunique al Ministerio de Gobierno, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los 26 días del mes de diciembre de 1927.
Roberto E. Leguía, Presidente del Senado.- César A. Elguera, Senador Secretario.- AníbalFernández Dávila, Senador Secretario.
Lima, 28 de diciembre de 1927.
Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-